Días festivos 2013 en Extremadura
Calendario de días festivos no laborables Cáceres y Badajoz 2013
DECRETO 89/2012, de 25 de mayo, por el que se fija el calendario de días festivos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2013 publicado en el DOE Diario Oficial de Extremadura número 104 del jueves 31 de mayo.
Conforme a lo establecido en el artículo 37.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, las fiestas laborales retribuidas y no recuperables en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2013 serán las siguientes:
1 de enero, Año Nuevo.
6 de enero, Epifanía del Señor.
28 de marzo, Jueves Santo.
29 de marzo, Viernes Santo.
1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
15 de agosto, Asunción de la Virgen.
8 de septiembre, Día de Extremadura.
12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
1 de noviembre, Todos los Santos.
6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
25 de diciembre, Natividad del Señor
El descanso laboral correspondiente al día 6 de enero se disfrutará el lunes día 7 de enero, el descanso laboral correspondiente al 8 de septiembre se disfrutará el lunes día 9 de septiembre y el descanso laboral correspondiente al día 8 de diciembre se disfrutará el lunes 9 de diciembre, por coincidir esas tres fiestas en domingo.
Serán también inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables —con el carácter de fiestas locales—, otros dos días, que serán determinados por la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación a propuesta del órgano competente del Ayuntamiento respectivo. La relación de fiestas locales se publicará en el Diario Oficial de Extremadura